Tribunal ordena a Superintendencia del Medio Ambiente revisar denuncias por proyecto salmonero en Los Lagos

Tribunal ordena a Superintendencia del Medio Ambiente revisar denuncias por proyecto salmonero en Los Lagos

La acción fue presentada por una organización de Hualaihué, luego que se archivaran reclamaciones sobre el centro de cultivo y sus posibles impactos en el ecosistema.

El Tercer Tribunal Ambiental resolvió acoger parcialmente la reclamación presentada por la Agrupación Eco Voluntarios de Hualaihué, respecto a la decisión de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de archivar un conjunto de denuncias sobre el proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Contao”, en la Región de Los Lagos.

La organización ambiental y social presentó la acción legal luego que el 15 de julio de 2025 la autoridad fiscalizadora cerrara los requerimientos presentados en contra de la iniciativa. La reclamación buscaba dejar sin efecto la determinación del SMA, que según señalaron no cumplía con los principios y normas establecidos, advirtiendo eventuales afectaciones al ecosistema localizado a 200 metros de la zona productiva.

Argumentos de la reclamación

La agrupación denunció la presencia de efectos no previstos en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) otorgada al proyecto en el año 2009. Entre las observaciones planteadas figuraban el arrastre de sedimentos, además del desplazamiento de restos de alimento no consumido y heces derivadas del proceso de crianza de peces, lo que afectaría al humedal en la desembocadura del río Contao.

Junto con ello, los reclamantes cuestionaron que la SMA omitiera pronunciarse sobre la solicitud de una Medida Urgente y Transitoria (MUT), mecanismo que busca congelar o aplicar acciones inmediatas para resguardar un ecosistema en riesgo, la cual había sido requerida formalmente para resguardar el área del humedal.

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Decisión del tribunal 

Tras analizar el expediente, el tribunal determinó que la autoridad ambiental no entregó fundamentos suficientes para justificar el archivo de las denuncias respecto de la eventual generación de impactos no previstos sobre el humedal Contao y su entorno. 

En particular, estimó que los antecedentes técnicos del expediente dotaban de plausibilidad a dicha hipótesis y que la autoridad debía explicar por qué ellos permitían descartarla o, en su defecto, por qué no era necesario realizar nuevas diligencias de fiscalización. Asimismo, advirtió que la SMA omitió pronunciarse expresamente sobre la medida urgente y transitoria solicitada. 

A pesar de estas observaciones, la sentencia no ordenó la aplicación inmediata de una medida transitoria ni tampoco instruyó la apertura directa de un procedimiento de sanción hacia Salmones Austral S.A., precisando que la evaluación y resolución fundada de ambos aspectos corresponde ser tramitada de forma exclusiva por el órgano fiscalizador.

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