La huella de carbono identifica la cantidad de emisiones de GEI que son liberadas a la atmósfera como consecuencia del desarrollo de cualquier actividad, por lo que permite conocer todas las fuentes de emisiones de GEI y establecer a partir de estos datos, medidas de reducción efectivas.
La compensación de la huella de carbono consiste en neutralizar la cantidad de emisiones de CO2 que emite una persona, empresa, organización, producto o servicio cuando se desarrolla una actividad, invirtiendo económicamente en un proyecto ambiental.
La absorción de carbono alude al proceso de extracción activa del dióxido de carbono (CO2) de la atmósfera. Dado que no es posible reducir todas las emisiones de gases de efecto invernadero en origen, la absorción de carbono es vital para compensar las emisiones inevitables y limitar el calentamiento global.
RD contra el carbono
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado este martes el Real Decreto por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
Este real decreto da continuidad al Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono del MITECO que lleva en funcionamiento desde el año 2014. Durante este tiempo, se ha constatado su contribución a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero a nivel nacional, a incrementar las absorciones por los sumideros de carbono en el territorio nacional y a cumplir los compromisos internacionales asumidos por España en materia de cambio climático.
Hoy, cuenta con 14.250 huellas de carbono inscritas, 23.348 ha de superficie repoblada y ha reconocido compensaciones de huella de carbono correspondientes a 154.406 tCO2.
Tras varios años de funcionamiento del registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, se ha considerado oportuno ampliar su alcance para dar cabida a nuevas tipologías de proyectos de absorción y a las huellas de carbono de evento, introducir aclaraciones adicionales que permitan mejorar su funcionamiento, establecer requisitos adicionales de participación que completen los ya existentes, introducir mejoras en la tramitación y reforzar la coordinación con los registros equivalentes autonómicos.
Además, mediante la norma hoy aprobada, tal y como recogía la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono, del establecimiento de un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de su publicación para un conjunto de empresas, así como de todas las instituciones de la Administración general del Estado.
“Medir la huella de carbono nos permite reducir las emisiones, mejorar los procesos productivos, ser más eficientes y competitivos, impulsar la innovación y ser menos dependientes de los combustibles fósiles”, ha señalado la vicepresidenta del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
“La ciudadanía española respalda mayoritariamente las acciones de lucha contra el cambio climático. Nos piden a los gobiernos que hagamos más, no menos. La gran mayoría de la sociedad española no es negacionista, y teme al negacionismo”, ha defendido.
El registro recoge los esfuerzos de las organizaciones españolas en el cálculo y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero que genera su actividad. A su vez, les facilita la posibilidad de compensar toda o parte de su huella de carbono, mediante una serie de proyectos forestales ubicados en territorio nacional. Estos proyectos integran numerosos beneficios ambientales y sociales, entre los que se encuentra la absorción de dióxido de carbono de la atmósfera.
Obligaciones específicas para ciertas empresas
El RD considera el mismo grupo de empresas con obligación de calcular la huella o establecer un plan de reducción por la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, que establece obligaciones específicas para ciertas empresas en España en relación con la divulgación de información no financiera y diversidad.
Empresas que formulen cuentas consolidadas y las sociedades de capital cuyo número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500 y tengan la consideración de entidades de interés público o bien, cumplan la condición para ser considerada gran empresa.
Este RD incorpora también a la administración. Los departamentos ministeriales de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, así como las entidades gestoras y los servicios comunes de la seguridad social, y otras entidades del sector público administrativo estatal deberán calcular de manera anual la huella de carbono de su organización según los requisitos establecidos en este real decreto.