Formulan cargos contra municipio de Chile Chico por incumplimientos en planta de tratamiento

Formulan cargos contra municipio de Chile Chico por incumplimientos en planta de tratamiento

 

La municipalidad podría arriesgar una multa millonaria por su proyecto en Puerto Guadal.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio con la formulación de cuatro cargos contra la Municipalidad de Chile Chico, titular del proyecto “PTAS Puerto Guadal”, ubicado en la misma comuna, en la Región de Aysén.

El proyecto consiste en la implementación del sistema de alcantarillado y de la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) para la localidad de Puerto Guadal, el que actualmente genera residuos líquidos propios de este tipo de infraestructura, es decir, aguas servidas domésticas.

Una vez tratadas, dichas aguas son descargadas en un estero sin nombre, identificado como arroyo “El Sauce”, que desemboca en el Lago General Carrera.

Tras denuncias ciudadanas y realizadas por el Hospital Cochrane y por la Seremi de Salud, vinculadas a malas condiciones del funcionamiento de la planta y por emisión de malos olores, la SMA realizó una serie de fiscalizaciones, además, se realizaron monitoreos de la descarga asociada.

Junto con lo anterior, en agosto de 2024 se realizó un requerimiento de información a la municipalidad, mediante el que se solicitaron diversos antecedentes como los monitoreos al efluente líquido de la planta de tratamiento e información sobre la construcción de una zanja de infiltración superficial para la contención de las aguas tratadas por la planta de tratamiento, entre otros.

Cargos

A partir del análisis legal de todos estos antecedentes, la Superintendencia del Medio Ambiente imputó cuatro incumplimientos al titular.

El primero, clasificado como grave, se sustenta porque el titular no respondió el requerimiento de información, la segunda infracción, calificada como gravísima, fue imputada porque el titular no ha efectuado la caracterización de fuente emisora.

La tercera infracción, clasificada como grave, se sustenta porque el municipio no ha construido una zanja de infiltración, para disponer los efluentes tratados de la planta durante el periodo estival, cuando el estero que desemboca al lago General Carrera, se seca.

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Por último, la cuarta infracción, calificada como leve se imputó porque el proyecto no cuenta con un operador de la planta que tenga nivel profesional de técnico, con conocimientos de química bacteriológica o electromecánica y entrenamiento en operación de plantas de tratamiento de aguas servidas.

Al respecto, el jefe de la oficina regional  de la SMA de Aysén, Oscar Leal, entregó más detalles del caso.

“La formulación de cargos se sustenta tras una serie de fiscalizaciones realizadas al proyecto, monitoreos de la descarga y un requerimiento de información realizado al titular, antecedentes que permitieron concluir incumplimientos ambientales durante la operación del proyecto, los cuales, han generado impactos en la comunidad, asociados principalmente a malos olores que los vecinos de la localidad perciben”, explicó.

Por su parte, la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, detalló que ahora se inicia el proceso sancionatorio y el municipio dispone de 22 días hábiles para formular sus descargos o de 15 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento.

Respecto a las infracciones clasificadas como leves, los titulares arriesgan una amonestación por escrito o una multa de una hasta mil Unidades Tributarias Anuales (UTA); mientras que, por las infracciones graves, la multa asciende hasta 5 mil UTA y para las infracciones gravísimas, la multa asciende hasta 10 mil UTA.

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